Gastos Extraordinarios y de Ejercicio
Los Gastos Públicos en el régimen financiero al
que están sometidos o a la importancia administrativav que tienen, existen unas
que son más importantes como: Gastos Ordinarios, Extraordinarios y Otros Gastos
Públicos.
Gasto Ordinario: es aquel que tiende a surgir en cada ejercicio
financiero o presupuestario Eje: sueldos de los funcionarios o
aprovisionamientos que el estado necesita. Se encuentran por lo general
previstos y autorizados en leyes de carácter permanente; salud, vivienda. El
gasto ordinario constituye un gasto en consumo.
Gasto Extraordinario: financieramente es gasto
extraordinario al que carece de ese elemento de periocidad que caracteriza al
gasto ordinario Eje: construcción de un puerto o de un camino. Económicamente
se dice que el efecto útil producido por un gasto extraordinario, tiende a
prolongarse más allá del periodo presupuestario en el que el gasto se efectuó,
como es el caso de un puerto o un camino, que una vez ejecutado, continua
prestando servicio por un periodo más o menos de tiempo, En cambio el efecto
útil del gasto ordinario, no va más allá del periodo presupuestario en el que
se realizó y para procurarse nuevamente el bien o servicio que se obtuvo con el
gasto habrá que repetirlo. Los elementos Periodicidad y Efecto Útil,
contribuyen a precisar la naturaleza de un gasto. Los gastos extraordinarios se
los autoriza por leyes especiales y temporales. El gasto extraordinario
significa una inversión, ejemplo: la construcción de un edificio. Existen
gastos extraordinarios en cuanto a su no Periodicidad y que son difíciles de
calificar si son gastos en consumo o en inversiones, como los que se producen
en una guerra u otro inconveniente público.
Importancia
En efecto, si los gastos ordinarios se costean
con los ingresos de esta naturaleza, tenemos que el Estado atiende las
necesidades públicas con la cuota que toma normalmente de la Renta Nacional.
Cuando los gastos extraordinarios se costean con los ingresos ordinarios,
tenemos una economía o unas finanzas poderosas y florecientes, ya que el Estado
es capaz de hacer inversiones con sus solas rentas ordinarias. En esta forma de
la relación el Estado está capitalizando, pudiéndose comparar al caso de un
individuo que con sus rentas logra atender necesidades imprevistas (riesgos) o
adquirir un bien o hacer una inversión. Finalmente, si los gastos ordinarios no
alcanzan a financiarse con los ingresos ordinarios y es necesario costearlos o
financiarlos con el producto de ingresos extraordinarios, tendremos la
situación inversa. Un Estado que no logra satisfacer sus necesidades corrientes
y ordinarias con sus rentas y que está comprometiendo su capital para poder
subsistir, con la consiguiente descapitalización; sería el caso en lo
individual del que, por insuficiencia de sus rentas, comienza a vivir de su
capital o a endeudarse más allá de sus posibilidades.
No hay comentarios.:
Publicar un comentario