jueves, 25 de agosto de 2016

TEMA 4: DIETA, GASTOS DE ADMINISTRACIÓN, GASTOS EXTRAORDINARIOS Y DE EJERCICIOS ANTERIORES PARTE I

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Nómina

Dietas
 
Las dietas son gratificaciones que recibe el trabajador que viaja por razones de trabajo. El trabajador que viaja a otra ciudad en la que dicho trabajador no reside, porque su trabajo le exige este desplazamiento, necesita hospedarse y necesita satisfacer unas necesidades básicas.

Las empresas, frecuentemente, recogen en sus convenios colectivos cantidades de dinero a pagar a los trabajadores de sus plantillas que viajan como consecuencia de su actividad profesional. Estas

cantidades se denominan dietas y se clasifican fundamentalmente en dos grupos:

 

· Dietas por estancia
· Dietas por manutención
En cuanto a la cotización a la Seguridad Social de este concepto no salarial, hay que mencionar que las dietas por estancia están exentas de cotización siempre que el gasto de la estancia esté justificado. En cuanto a las dietas por manutención, hay unos importes exentos establecidos por legislación, en function de que el trabajador pernocte o no, y en función del destino del viaje.

Las dietas son un concepto que se le paga al trabajador que ha viajado. Por tanto, no es un concepto
que se paga a todos los trabajadores de la empresa, ni se paga siempre, sino sólo cuando se produce el viaje. Estas circunstancias hacen que no sea aconsejable configurar el concepto dietas en el convenio o en la ficha del trabajador; sino como una incidencia para el trabajador y el mes correspondientes.

Gastos de Administración

Se consideran los gastos de la planta de personal que apoya la producción del bien o servicio, tales
como: dirección, tesorería, contabilidad y secretaría, revisoría, asesoría legal, asesoría financiera, las
cuales pueden están organizadas por departamentos dentro de la organización. No son costos de producción y hacen parte del Estado de resultados del periodo contable.

Administración y ventas

 

· Gastos de nómina: multiplica el costo mensual por cargo por los meses del período por el
incremento en nómina.

 

· Carga sobre nómina: multiplica casa sueldo por el factor de prestaciones sociales, aportes
parafiscales, aportes patronales, ARP y el de dotación.

 

· Gastos de gerencia: multiplica el costo de nómina del gerente por el índice establecido como
política para casa gasto.

 

· Gastos legales.
· Servicios generales.
· Impuestos.
· Depreciaciones.
· Amortizaciones de gastos diferidos de organización.
 
Se consideran los gastos de la operación de ventas, cuando la organización de la empresa se presta para organizar los gastos por estos dos elementos, en los cuales se cuentan los gastos de almacén, de personal de ventas, comisiones, etc.
 



 
 

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